La infracción del derecho de paso se trata en el Estatuto de Florida 316.075, pero se define más específicamente en el estatuto 316.123:
“… El derecho de paso en una intersección puede estar indicado por señales de alto o de ceder el paso… Excepto cuando un oficial de policía o una señal de control de tráfico le indica proceder, todo conductor de un vehículo que se aproxima a una intersección en la que debe detenerse y está indicado por una señal de alto deberá parar… pero si no la hay, antes de entrar en el paso de peatones cercano a la intersección, o si no hay, entonces en el punto más cercano a la carretera de intersección donde el conductor puede ver el tráfico que se aproxima por la carretera de intersección antes de entrar en la intersección. Después de haber parado, el conductor deberá ceder el derecho de paso a cualquier vehículo que haya entrado en la intersección desde otra carretera o que se acerque rápidamente por dicha carretera como para considerarse un peligro inmediato durante el tiempo en que el conductor está cruzando o se está moviendo dentro de la intersección… ”
“En una intersección de cuatro paradas, el conductor del vehículo que se detiene primero en la intersección será el primero en avanzar. Si dos o más vehículos llegan a la intersección de cuatro paradas al mismo tiempo, el conductor del vehículo a la izquierda deberá ceder el derecho de paso al vehículo a la derecha… ”
“El conductor de un vehículo que se aproxima a una señal de ceder el paso deberá… reducir la velocidad a una velocidad razonable para las condiciones existentes y, si es necesario para una parada de seguridad, deberá detenerse antes de entrar en el paso de peatones cercano a la intersección, o si no hay, entonces en el punto más cercano a la carretera de intersección donde el conductor puede ver el tráfico que se aproxima por la carretera de intersección antes de entrar en la intersección. Después de disminuir la velocidad o detenerse, el conductor deberá ceder el derecho de paso a cualquier vehículo en la intersección o que se acerca por otra carretera tan rápidamente como para ser considerado un peligro inmediato durante el tiempo que el conductor cruza o se mueve dentro de la intersección. Si dicho conductor se involucra en una colisión con un peatón en un cruce de peatones o con un vehículo en la intersección, después de haber pasado una señal de ceder el paso sin detenerse, la colisión se considerará evidencia prima facie de que el conductor no cedió el derecho de paso… ”
Como la mayoría de las infracciones de tráfico, si no se impugna, sumará al menos tres puntos a la licencia de conducir de un individuo, causando aumentos en la póliza de seguro del automóvil, así como multas que van desde $65 hasta más de $300. Si la infracción del derecho de paso tiene como consecuencia lesiones de peatones o un accidente, se le podrían aplicar sanciones adicionales de horas de servicio comunitario o penas de cárcel.
Además de esto, el infractor podría enfrentarse a la suspensión o revocación de su licencia de conducir si se acumulan demasiados puntos dentro de un período de tiempo dado. Si una persona no paga su multa dentro del plazo establecido (normalmente 30 días) su licencia será suspendida, lo cual dará lugar a tarifas de seguro más altas y aumentos en las multas que tendrán que pagar.
En cuanto a la acumulación de puntos en el estado de Florida:
“La licencia de una persona se suspende, respectivamente, ya sea por no más de 30 días, no más de 3 meses, o no más de 1 año si acumula 12 puntos en 12 meses, 18 puntos en 18 meses o 24 puntos en 36 meses.”
Mientras que hay muchos escenarios diferentes que se podrían considerar como una infracción del derecho de paso, el factor común en todo esto es que la infracción del derecho de paso casi siempre depende totalmente deltestimonio de testigos oculares, por lo general el del policía que emitió la citación. Debido a queesta ley, como la mayoría de las leyes de tránsito, es vaga, con la ayuda de un abogado experto de nuestra firma, la mayoría de las veces estos cargos se pueden disminuir o eliminar del registro de conducir de un individuo.
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Attorney David A. Haenel, renowned in Florida for his excellent record in criminal defense, DUI, and traffic ticket cases, and has been delivering favorable outcomes for his clients since 2000. With a law degree and a Master of Law in criminal law, his background includes a notable tenure as the State of Florida DUI Prosecutor of the Year